SOLICITUD DE TÍTULOS
Procedimiento de solicitud superado todos los cursos y materias correspondientes
Impreso de SOLICITUD DEL TÍTULO
Antes de imprimir el impreso de Solicitud de Título, comprueba en la "vista previa" que la impresión se realiza correctamente en 3 páginas, de lo contrario, tendrás que configurarlo en "vista previa de salto de página" para que imprima el documento sólo en 3 páginas. Finalmente imprime las tres páginas (una para el alumno, otra para el centro y la tercera para la entidad financiera), sin olvidarte de firmarlas todas.
Modelo 046 para la AUTOLIQUIDACIÓN DE TASAS (Sólo funciona con el navegador Internet Explorer)
Impreso de solicitud de bonificación o exención por familia numerosa
Acompañar estos impresos con:
TASAS - Código 307.2
Título profesional de Música |
*52,95 € |
Duplicados |
*7,65 € |
*Tasas fijadas según ORDEN HAC/1116/2013, de 27 de diciembre, por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes a partir del día 1 de enero de 2014.
Novedades en cuanto a exenciones y bonificaciones:
Artículo 139. Exenciones y bonificaciones.
1. Están exentos del pago de esta tasa los sujetos pasivos pertenecientes a familias numerosas de categoría especial, gozando de una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota los sujetos pasivos pertenecientes a familias numerosas de categoría general.
2. Están exentos del pago de esta tasa los sujetos pasivos en cuya unidad familiar alguno de los miembros presente una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento o bien hayan sido reconocidos como víctimas de violencia de género o como víctimas de actos de terrorismo.
3. Las bonificaciones y exenciones reguladas en el apartado 1 sólo serán de aplicación cuando la base imponible, menos el mínimo personal y familiar, de la unidad familiar en que se integre el usuario no supere las siguientes cuantías:
FAMILIAS | Renta |
3 miembros | 22.449,00 € |
4 miembros | 26.489,82 € |
5 miembros | 30.081,66 € |
6 miembros | 33.224,52 € |
7 miembros | 35.918,40 € |
A partir del octavo miembro, se añadirán 2.500 € por cada nuevo miembro computable.»
Duplicados:
Cuando se solicita un duplicado cuya causa es el extravío del título o certificado imputable al interesado, derivados de las enseñanzas establecidas tanto en la LOGSE como en la LOE y cuya expedición corresponde a la Junta de Castilla y León, será requisito indispensable el abono de la tasas por expedición de duplicado y la publicación de un anuncio en el BOCyL.
Orden
En caso de extravío del título se puede solicitar la publicación de un aviso en el BOCYL aportando la documentación siguiente: